Poder para pleitos

Apoderamiento Apud Acta ante el Letrado de la Administración de Justicia.

Mediante comparecencia presencial ante el Secretario Judicial (Letrado de la Administración de Justicia), le indicamos que deseamos designar Abogado o Abogado y Procurador (dependiendo del caso).

Es totalmente gratuito y unicamente requiere mostrar el documento de identificación. Se realiza de manera inmediata. El único inconveniente es que requiere que el ciudadano se desplace hasta el Juzgado/Tribunal.

Apoderamiento electrónico ante la Sede judicial Electrónica del Ministerio de Justicia.

Introducción al Servicio de Apud Acta electrónico.

El Servicio de Apud Acta permite al ciudadano dar de alta apoderamientos de manera telemática. Se denomina «Apud Acta» al apoderamiento realizado ante Letrado de la Administración de Justicia (antiguo Secretario Judicial), este apoderamiento es totalmente gratuito y puede obtenerse por comparecencia ante el Letrado de Administración de Justicia de cualquier oficina judicial o bien mediante esta Sede Judicial Electrónica.

Aspecto de la página del servicio de Apud Acta Electrónico

Actualmente y desde la Sede Judicial Electrónica se pueden otorgar Apud Actas de carácter general para pleitos y particular para un procedimiento concreto.

El registro de apoderamientos “Apud-acta” no es válido para procedimientos ante el Tribunal Constitucional ya que no forma parte del Poder Judicial, ni pertenece a la Administración de Justicia.

Quién puede acceder a este servicio.

Cualquier ciudadano puede realizar el alta de un apoderamiento si dispone de un DNI electrónico o certificado digital: guía explicativa de acceso al servicio.

DNI Electrónico
Descripción física del DNI electrónico
DNI 2.0

Sobre la utilización del DNI electrónico, puedes visitar la página habilitada a tal efecto por Policía Nacional aquí.

También puedes echarle un vistazo a la guía sobre el DNI 3.0 en este enlace.

Certificado Digital

La Autoridad Certificadora (AC) por excelencia en España es la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), aunque no es la única. La obtención del certificado digital es gratuita, y los pasos son sencillos y rápidos.

Requiere un ordenador configurado para la obtención, una visita a un registro electrónico para verificar nuestra identidad, donde debemos enseñar nuestro DNI/NIE o Pasaporte, y ya podremos acceder a la descarga del certificado (en el mismo ordenador en que realizamos la solicitud).

Aspecto de la página de la FNMT donde realizaremos la solicitud.

En este apartado te dejamos la guía publicada por la FNMT para la obtención de tu certificado digital.

Proceso de alta de apoderamiento apud acta en la sede electrónica.

Una vez tenemos instalado nuestro certificado digital o DNI electrónico y hemos accedido a la web de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, pinchamos en «Acceder al Servicio».

Una vez identificados en la Sede se muestra la pantalla de Servicios. Pulsamos en “Apoderamiento Apud Acta” y una vez dentro de la pantalla principal pulsamos en “Nuevo”:

Pulsamos «Nuevo»

Se muestra la pantalla de Apud Acta y seleccionamos En calidad de «Poderdante» y pulsamos Siguiente.

Seleccionamos «poderdante»

Introducimos los datos del poderdante, que somos nosotros, es decir, la persona que otorga el poder. Los datos marcados con un asterisco (*) son obligatorios y no nos dejará continuar sin haberlos introducido.

Introducimos los datos del poderdante.

Introducimos los datos del apoderado, es decir, el profesional o profesionales a quienes vamos a apoderar. Ponte en contacto con nosotros para verificar que tienes todos los datos necesarios para realizar el trámite. Puedes añadir tantos apoderados como necesites (pinchamos en «Añadir apoderado» para introducir los datos de otro apoderado), por ejemplo, si se trata de un poder general para pleitos, puedes designar a varios Procuradores y/o Abogados. Si únicamente introduces un apoderado, pincha en «Siguiente» al terminar.

Introducimos los datos del apoderado o apoderados.

Seleccionamos el tipo de apoderamiento: hay dos opciones.

Opción A:Para cualquier actuación judicial” y facultades, en las que seleccionaremos poder general para pleitos y podemos excluir algunas facultades. Podemos excluir algunas de las facultades, pero salvo que sepamos que desmarcar, es mejor dejar esta casilla desmarcada.

Opción A: Poder general para pleitos.

Opción B: Seleccionamos el tipo de apoderamiento “Para un procedimiento”. Introducimos los datos del apoderamiento o los datos por N.I.G. Podremos seleccionarlas facultades Poder general, pudiendo excluir las que deseemos, y/o facultades especiales, incluyendo las que se deseen otorgar.

Opción B: Para un procedimiento.

Por último introducimos la fecha de vigencia, si no introducimos fecha de fin, el apoderamiento durará 5 años. Podemos revocar el apoderamiento en cualquier momento a través de la misma sede electrónica del Ministerio de Justicia. Pinchamos en «Siguiente» para proceder a la firma del apoderamiento.

Introducimos la fecha de vigencia

Se muestra la pantalla de firma. Descargamos el borrador el apoderamiento y comprobamos que los datos son correctos. Si todo está en orden, pinchamos en «Confirmar»:

Confirmamos.

Se muestra un mensaje de que el apoderamiento se ha dado de alta correctamente y nos aparece el justificante, que procederemos a descargar y remitir al profesional.

Mensaje de alta correcta.

Poder Notarial

Al contrario que el proceso anterior, el poder notarial tiene un coste económico. Requiere conocer los datos de los profesionales que vamos a designar, enseñar el documento de identidad y, en algunos casos, cita previa. También, lo más probable es que debamos volver a recoger el poder, ya que en ocasiones no es inmediato.

Antes de decidirte por esta opción, ponte en contacto con nuestro despacho para valorar alternativas.